El Ejecutivo aprobó un decreto supremo que conmina a los productores de azúcar a comercializar el alimento a precio justo y condiciona las exportaciones del sector al abastecimiento del mercado interno.
El viceministro de Desarrollo Rural y Agropecuario, Víctor Hugo Vásquez, justificó la medida con el argumento de que entre agosto y septiembre del 2009 las ventas externas de azúcar se incrementaron de 17.909 a 37.217 toneladas. “El tema de la exportación de azúcar está subiendo dramáticamente y puede causar problemas en el mercado interno”, aseguró la autoridad.
Agregó que el cultivo del alimento creció de 151.000 hectáreas, el 2008, a 158.000 este año. “Eso implica que la producción ha aumentado; sin embargo, el precio ha ido subiendo significativamente”, señaló Vásquez.
En ese sentido, la norma establece que “el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, en base a informe técnico de verificación de abastecimiento interno a precio justo del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, emitirá el certificado de suficiencia y abastecimiento interno a precio justo a toda persona natural o jurídica”.
Agrega que “el precio justo para cada producto deberá estar consignado a una banda de precios establecida por el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras que contemple calidad y precio, con niveles mínimo y máximo y actualizada periódicamente”.
Finalmente, estipula que “la Aduana Nacional —de acuerdo al ámbito de su competencia (y) con carácter previo a la autorización de los productos descritos en el Artículo 1 del presente decreto supremo— deberá exigir al exportar la presentación del certificado emitido por el Ministerio de Desarrollo Productivo”.
El referido artículo señala que los productos contemplados por la norma son: el azúcar de caña o de remolacha; la sacarosa químicamente pura en estado sólido y el azúcar en bruto sin adición de aromatizante ni colorante.
El viceministro sostuvo que la banda de precios “no hace daño al productor ni al consumidor, sino que beneficia a ambas partes”.
En su elaboración, complementó, “vamos a trabajar de manera conjunta”. Descartó que el decreto busque prohibir la exportación de azúcar. “Tenemos que garantizar el abastecimiento interno, pero si hay excedente no tenemos que prohibir (su exportación), tenemos que ayudar a comercializar”, dijo.
Vásquez recordó que para la presente gestión se prevé una producción total de 537.000 toneladas de azúcar, de las cuales el cupo destinado a la demanda interna es de 387.000 toneladas.
El viernes, la autoridad anunció que —ante el alza injustificada de los precios del azúcar— el Ministerio de Desarrollo Rural solicitaría que el gabinete ministerial apruebe un decreto para autorizar la libre importación del producto, con arancel cero.
Al respecto, Vásquez manifestó ayer que esa norma “todavía está siendo analizada”.
Las restricciones a la exportación de alimentos de primera necesidad ya tuvieron lugar en el pasado. Fue el caso del aceite.
En marzo del 2008, el Ejecutivo emitió el Decreto Supremo 29480, que prohibía la exportación de aceite, mientras continuara el desabastecimiento en el mercado nacional. En abril de ese año autorizó su venta, previa verificación de suficiencia de abastecimiento interno.
OTRAS MEDIDAS
Importación • El viceministro de Desarrollo Rural, Víctor Hugo Vásquez, informó que la internación con arancel cero de trigo y carne se amplió hasta el 31 de abril del próximo año.
Sequía • La autoridad indicó que una comisión trabaja en el tema de la escasez de productos como la papa, a raíz de la sequía que azota a regiones como el altiplano y el Chaco.
El viceministro de Desarrollo Rural y Agropecuario, Víctor Hugo Vásquez, justificó la medida con el argumento de que entre agosto y septiembre del 2009 las ventas externas de azúcar se incrementaron de 17.909 a 37.217 toneladas. “El tema de la exportación de azúcar está subiendo dramáticamente y puede causar problemas en el mercado interno”, aseguró la autoridad.
Agregó que el cultivo del alimento creció de 151.000 hectáreas, el 2008, a 158.000 este año. “Eso implica que la producción ha aumentado; sin embargo, el precio ha ido subiendo significativamente”, señaló Vásquez.
En ese sentido, la norma establece que “el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, en base a informe técnico de verificación de abastecimiento interno a precio justo del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, emitirá el certificado de suficiencia y abastecimiento interno a precio justo a toda persona natural o jurídica”.
Agrega que “el precio justo para cada producto deberá estar consignado a una banda de precios establecida por el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras que contemple calidad y precio, con niveles mínimo y máximo y actualizada periódicamente”.
Finalmente, estipula que “la Aduana Nacional —de acuerdo al ámbito de su competencia (y) con carácter previo a la autorización de los productos descritos en el Artículo 1 del presente decreto supremo— deberá exigir al exportar la presentación del certificado emitido por el Ministerio de Desarrollo Productivo”.
El referido artículo señala que los productos contemplados por la norma son: el azúcar de caña o de remolacha; la sacarosa químicamente pura en estado sólido y el azúcar en bruto sin adición de aromatizante ni colorante.
El viceministro sostuvo que la banda de precios “no hace daño al productor ni al consumidor, sino que beneficia a ambas partes”.
En su elaboración, complementó, “vamos a trabajar de manera conjunta”. Descartó que el decreto busque prohibir la exportación de azúcar. “Tenemos que garantizar el abastecimiento interno, pero si hay excedente no tenemos que prohibir (su exportación), tenemos que ayudar a comercializar”, dijo.
Vásquez recordó que para la presente gestión se prevé una producción total de 537.000 toneladas de azúcar, de las cuales el cupo destinado a la demanda interna es de 387.000 toneladas.
El viernes, la autoridad anunció que —ante el alza injustificada de los precios del azúcar— el Ministerio de Desarrollo Rural solicitaría que el gabinete ministerial apruebe un decreto para autorizar la libre importación del producto, con arancel cero.
Al respecto, Vásquez manifestó ayer que esa norma “todavía está siendo analizada”.
Las restricciones a la exportación de alimentos de primera necesidad ya tuvieron lugar en el pasado. Fue el caso del aceite.
En marzo del 2008, el Ejecutivo emitió el Decreto Supremo 29480, que prohibía la exportación de aceite, mientras continuara el desabastecimiento en el mercado nacional. En abril de ese año autorizó su venta, previa verificación de suficiencia de abastecimiento interno.
OTRAS MEDIDAS
Importación • El viceministro de Desarrollo Rural, Víctor Hugo Vásquez, informó que la internación con arancel cero de trigo y carne se amplió hasta el 31 de abril del próximo año.
Sequía • La autoridad indicó que una comisión trabaja en el tema de la escasez de productos como la papa, a raíz de la sequía que azota a regiones como el altiplano y el Chaco.
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