sábado, 14 de abril de 2007

NORMA INTERNACIONAL PARA EMBALAJES DE MADERA EN EL COMERCIO EXTERIOR NIMF 15

De acuerdo a norma internacional fitosanitaria de la Convención Internacional Fitosanitaria CIPF NIMF15 “Directrices para reglamentar el embalaje de madera utilizado en el comercio internacional”, El SENASAG, emite la R.A. 059/2005 para establecer procedimientos de control en las importaciones o transito de mercadería en general agropecuario o no, los que están transportados en embalaje fabricado con madera, excluyendo a embalaje de madera procesada para evitar la introducción, establecimiento y dispersión de plagas cuarentenarias a Bolivia que pueden ocasionar graves daños a la producción forestal.

En la gestión 2005 se tuvo 7 de intercepciones de plagas en embalajes, mismas que se encontraron en diferentes estadios como larva, pupa y adultos:

Bolivia, como miembro de Organismos Internacionales y Regionales como: la Organización Mundial de Comercio (OMC) aceptando el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), la Convención internacional de protección fitosanitaria (CIPF) se compromete a establecer las medidas fitosanitarias para la protección de la sanidad vegetal nacional.


En el comercio internacional gran parte de los productos son transportados en embalajes de madera sean estos palets, jaulas, cajas, calzas, collarines y otros, estos conllevan riesgo fitosanitario al detectarse la presencia de plagas forestales en estos embalajes, por lo que la CIPF y la FAO a través de la OMC emite la NIMF15, en la que reglamenta el uso de embalajes de madera en el comercio exterior.


Esta reglamentación básicamente indica que dichos embalajes deben tener tratamientos fitosanitarios:

  • Térmico (temp de 56 ºC por 30 minutos en el centro de la madera).
  • Bromuro de metilo según tabla de dosificacion.

Estos tratamientos deberán estar señalados a través de un sello indeleble con un nomenclatura que esta reglamentada en la NIMF15.

Además de estas medidas cada país deberá realizar la inspección de estos embalajes antes del ingreso definido al país en el que serán sujetos de rechazo si presentan perforaciones y corteza que sean síntomas de ataques de insectos.

METODOLOGÍA.

En cumplimiento de la Ley 2061 y D.S. 25729 y en el marco de las norma internacionales, basados en las medidas de control en puestos externos e internos de medidas cuarentenarias preventivas y restrictivas.

El sistema de inspección en puestos de control externo del SENASAG realiza inspecciones documentales y físicas de productos reglamentados y de equipaje de mano, son sujetos a inspección para determinar su condición fitosanitaria y ademas a embalajes de madera.

El objeto de las inspecciones es la de interceptar plagas en dichos productos, mismas que son objeto de identificación, análisis y registro que son antecedentes oficiales del país y así evitar el ingreso de nuevas plagas a nuestro país.

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